Actividad De Inversión Libre De Impuestos En La República Dominicana, Optimización De Impuestos, Propiedades De Inversión Libres De Impuestos, CONFOTUR

Actividad De Inversión Libre De Impuestos En La República Dominicana, Optimización De Impuestos, Propiedades De Inversión Libres De Impuestos, CONFOTUR

Estimados clientes y visitantes de nuestra pagina, les brindamos información sobre la posibilidad de implementar grandes proyectos de inversión con una exención de 15 años de todos los impuestos, incluido el impuesto sobre la renta y la posibilidad adquirir bienes inmuebles no imponibles en la República Dominicana.

 

Para quién es esta información:

–  inversor trabajando en proyectos de inversión

– personas jurídicas y personas físicas dedicadas a la optimización fiscal en zonas ON SHORE

– Personas jurídicas y personas físicas que adquieren bienes inmuebles con fines de inversión con exención fiscal.

 

Disposiciones generales:

De acuerdo con la ley (Ley No. 158-01 del 9 de octubre del 2001) de 2001 y el decreto de 2014 (Decreto No. 372-14 de la fecha 9 de octubre del 2014) del Consejo de Desarrollo Turístico (Consejo de Fomento Turístico – CONFOTUR), con el objetivo de desarrollar el sector turístico en la República Dominicana, se establecen los incentivos que serán otorgados, a manera de estímulo, a los proyectos e inversiones que concurran a la consecución de los objetivos y metas identificadas.

 

Estímulos / iniciativas para empresas e individuos con proyectos que caen bajo los requisitos de CONFOTUR

¡¡¡100% de exención de impuestos por 15 años!!!:

a) del IMPUESTO SOBRE LA RENTA!!!!

b) de los impuestos nacionales y municipales por constitución de sociedades, por aumento de capital de sociedades ya constituidas, los impuestos nacionales y municipales por transferencia sobre derechos inmobiliarios, por ventas, permutas, aportes en naturaleza y cualesquiera otra forma de transferencia sobre derechos inmobiliarios, del Impuesto sobre Viviendas Suntuarias y Solares no Edificados -IVSS. Así como de las tasas, derechos y cuotas por la confección de los planos, de los estudios, consultarías y supervisión y la construcción de las obras a ser ejecutados en el proyecto turístico de que se trate, siendo esta última exención aplicable a los contratistas encargados de la ejecución de las obras.

c) de los impuestos de importación y otros impuestos tales como tasas, derechos, recargos, incluyendo el Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), que fueren aplicables sobre las maquinarias, equipos, materiales y bienes muebles que sean necesarios para la construcción y para el primer equipamiento y puesta en operación de la instalación turística de que se trata.

 

Inversiones / proyectos que pueden calificar para incentivos de CONFOTUR:

a) Las inversiones que se realicen en el desarrollo de las actividades turísticas, hoteleras y ofertas complementarias establecidas en la «Lista de actividades de empresas para las cuales se pueden aplicar Estímulos / incentivos CONFOTUR» , se beneficiarán del cien por ciento (100%) del régimen de exención establecido.

b) Las inversiones en las actividades turísticas que se indican en el Numeral 1, de la «Lista de actividades de empresas para las cuales se pueden aplicar Estímulos / incentivos CONFOTUR» de la presente ley, correspondientes a instalaciones hoteleras, resorts o complejos hoteleros en las estructuras existentes, se beneficiarán de la exención del cien por ciento (100%) del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) y otros impuestos que fueren aplicables sobre las maquinarias, equipos, materiales, y bienes muebles que sean necesarios para la modernización, mejoramiento y renovación de dichas instalaciones, siempre que tengan un mínimo de cinco (5) años de construidas.

c) Las instalaciones hoteleras, resort y/o complejos hoteleros en las estructuras existentes que tengan un mínimo de quince (15) años de construidas que se sometan a un proceso de reconstrucción o remodelación que sobrepase el cincuenta por ciento (50%) de sus instalaciones y cuyo destino final sea instalaciones hoteleras, se beneficiarán del cien por ciento (100%) del régimen de exención que establece la presente ley.

 

 Lista de actividades de empresas para las cuales se pueden aplicar estímulos / incentivos CONFOTUR:

1. Instalaciones hoteleras, resorts y / o complejos hoteleros.

2. Construcción de instalaciones para convenciones, ferias, congresos internacionales, festivales, espectáculos y conciertos.

3. Empresas dedicadas a la promoción de actividades de cruceros que establezcan, como puerto madre para el origen y destino final de sus embarcaciones, cualesquiera de los puertos especificados en esta ley.

4. Construcción y operación de parques de diversión y / o parques ecológicos y / o parques temáticos.

5. Construcción y / o operación de las infraestructuras portuarias y marítimas al servicio del turismo, tales como puertos deportivos y marinos.

6. Construcción y / o operación de infraestructuras turísticas, tales como acuarios, restaurantes, campos de golf, instalaciones deportivas y cualquier otra que pueda ser clasificable como establecimiento perteneciente a las actividades turísticas.

7. Pequeñas y medianas empresas cuyo mercado se sustenta fundamentalmente en el turismo (artesanía, plantas ornamentales, peces tropicales, granjas reproductoras de pequeños reptiles endémicos y otras de similar naturaleza).

8. Empresas de infraestructura de servicios básicos, para la industria turística, tales como acueductos, plantas de tratamiento, saneamiento ambiental, recogida de basura y desechos sólidos.

Párrafo: Las exenciones acordadas para las actividades que se indican en los numerales 2, 3, 4, 5, 6, del presente artículo, aplicarán de igual forma para los alojamientos turísticos u otras facilidades o actividades de cualquier naturaleza construidas o fomentadas para complementar las mismas, tales como, villas, solares, lotes, apartamentos, amarres para embarcaciones etc., sea que las mismas estén destinadas a ser operadas por los promotores o desarrolladores o vendidas a otras personas físicas o morales, siempre que formen parte de un proyecto clasificado. (Agregado por Ley 184-02).

 

Nuestra oferta:

Dada la gran necesidad de empresas e individuos en proyectos de inversión altamente rentables, optimización de impuestos, nuestra empresa ofrece:

– asistencia  completa en el establecimiento de empresas y organización de proyectos  acuerdo con los requisitos de CONFOTOUR

 – asesoramiento sobre optimización fiscal en la República Dominicana

 – una propuesta para la compra de bienes inmuebles en proyectos con estímulos / incentivos CONFOTUR

 

¡Por favor contáctenos para obtener más información!